Nuevas reglas para usar Bizum a partir del 1 de enero de 2026

A partir del 1 de enero de 2026 entrará en vigor una nueva normativa que cambiará por completo la forma en que usamos Bizum y otras plataformas de pago instantáneo en España. El Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado, establece que todas las operaciones deberán ser reportadas a Hacienda, sin importar la cantidad transferida. Esta medida busca reforzar el control fiscal, aumentar la transparencia y combatir el fraude, pero también genera muchas dudas entre particulares, autónomos y, especialmente, dentro del sector inmobiliario. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber, en formato de preguntas y respuestas claras.

El Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE el 2 de abril de 2025, establece una nueva normativa que afecta a todas las plataformas de pago electrónico, incluido Bizum. A partir del 1 de enero de 2026, todos los bancos y plataformas deberán informar mensualmente a Hacienda sobre todas las operaciones realizadas, sin importar la cantidad.

Esto aplica tanto a personas físicas como a empresas. Las entidades financieras deberán enviar:

  • Nombre completo y NIF del emisor y receptor.
  • Número de cuenta vinculado.
  • Fecha, importe y tipo de cada operación (pago, transferencia, devolución, etc.).

Sí. A partir de 2026, todas las operaciones por Bizum serán visibles para la Agencia Tributaria. Sin embargo, los pagos personales no estarán sujetos a impuestos si no tienen finalidad comercial. Por ejemplo, dividir la cuenta de un restaurante o devolver un préstamo entre amigos seguirá siendo válido y libre de fiscalización, siempre que se pueda justificar su naturaleza privada.

Lo importante es que ahora existe un registro automático que Hacienda podrá revisar en caso de inspección o sospechas de ingresos no declarados.

Los profesionales deberán declarar todos los pagos recibidos a través de Bizum como ingresos de su actividad económica. Por lo tanto, es altamente recomendable:

  • Usar una cuenta Bizum exclusiva para el negocio.
  • No mezclar operaciones personales y profesionales.
  • Conservar todas las facturas y justificantes.

Esta normativa busca combatir el fraude y aumentar la transparencia en las actividades económicas informales, especialmente aquellas que antes quedaban fuera del control tributario.

Si un autónomo o empresario recibe pagos laborales a través de su Bizum personal, Hacienda podría interpretarlo como ocultación de ingresos. Esto podría derivar en sanciones, recargos o inspecciones fiscales.

Por eso, lo más seguro es separar completamente el uso privado y el uso profesional, tanto en la cuenta bancaria como en el número de teléfono asociado al Bizum.

En el sector inmobiliario, esta normativa tiene un fuerte impacto. Pagos de señal, reservas, fianzas o incluso alquileres hechos por Bizum estarán sujetos a esta trazabilidad. Esto significa que:

  • Todos los pagos deben estar respaldados por contrato.
  • Es esencial conservar justificantes.
  • Los agentes inmobiliarios deben advertir a clientes y propietarios sobre estas nuevas obligaciones.

Aunque supone más control, también ofrece mayor seguridad jurídica para ambas partes.

Sí. Las operaciones sin carácter comercial, como transferencias entre amigos, regalos o gastos compartidos, seguirán sin tributar. Aun así, es recomendable añadir un concepto claro al hacer el Bizum, por ejemplo: «Cena viernes» o «Regalo cumple». Esto puede servir como prueba en caso de revisión.

No necesariamente. La normativa no obliga a cobrar comisiones, y Bizum seguirá siendo gratuito para particulares en la mayoría de entidades bancarias. Sin embargo, algunos bancos podrían imponer tarifas para cuentas de empresa o servicios avanzados.

Puedes:

  • Añadir un concepto claro en la transferencia.
  • Guardar mensajes, emails o pantallazos que justifiquen el motivo.
  • Tener un acuerdo verbal o escrito (aunque sea informal) que explique el contexto.

La clave está en demostrar que no hay ánimo de lucro o actividad habitual.

Si se trata de ventas puntuales de objetos usados, normalmente no hay problema. Pero si haces ventas frecuentes, de gran valor o con cierta organización (como a través de redes sociales o plataformas), Hacienda puede interpretarlo como actividad económica, y exigir declaración de ingresos.

La mayoría de plataformas de pago reguladas (como PayPal, Revolut, etc.) también deberán cumplir esta normativa. Las únicas alternativas «menos visibles» serían métodos en efectivo, pero estos también están cada vez más controlados y limitados por la legislación antifraude.

Usar sistemas no regulados puede suponer riesgos legales importantes.

Si tienes más dudas o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en contactar a Jagala Costa /contactar/. Estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

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¡Que tengas un excelente día!

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